Accesibilidad

 

Declaración de Accesibilidad

La Universidad Miguel Hernández de Elche se ha comprometido a hacer accesible su sitio web de conformidad con el Real Decreto 1112/2018, de 7 de septiembre, sobre accesibilidad de los sitios web y aplicaciones para dispositivos móviles del sector público (abre en nueva ventana).

La presente declaración de accesibilidad se aplica al sitio web https://expo25.umh.es/

Situación de cumplimiento

Este sitio web es parcialmente conforme con el RD 1112/2018 debido a las excepciones y a la falta de conformidad de los aspectos que se indican a continuación.

Contenido no accesible

El contenido que se recoge a continuación no es accesible por lo siguiente:

  1. Falta de conformidad con el RD 1112/2018
    • Podrían existir fallos puntuales de edición en alguna página web.
    • No es posible acceder a todas las funciones de los sliders mediante teclado, además en los sliders el foco no es visible.
    • Existen problemas de contraste con los colores escogidos para algunas secciones, en concreto la sección «Sociedad».
    • En las galerías de la web podemos encontrar muchos documentos de texto que son imágenes, por lo que su contenido no es accesible.
    • La web no dispone de un menú principal desde el que podamos acceder a cualquier sección, si deseamos ver todas las secciones de la web podemos hacerlo desde el mapa del sitio en el pie de página.
    • En ocasiones se aplican estilos directamente en el texto en lugar de hacerse desde hojas de estilo.
    • Existen textos alternativos de más de 150 caracteres.
    • En la web existen videos que no disponen de audio descripción.
  2. Carga desproporcionada
    • No aplica.
  3. El contenido no entra dentro del ámbito de la legislación aplicable
    • Podrían existir archivos ofimáticos en PDF u otros formatos publicados antes del 20 de septiembre de 2018 que no cumplan en su totalidad todos los requisitos de accesibilidad. Aunque se ha procurado que la mayoría de ellos sí lo cumplan.

Preparación de la presente declaración de accesibilidad

La presente declaración fue preparada el 14 de Julio de 2022.

El método empleado para preparar la declaración ha sido una autoevaluación llevada a cabo por el propio organismo.

Última revisión de la declaración: 14 de Julio de 2022.

Observaciones y datos de contacto

Puede realizar comunicaciones sobre requisitos de accesibilidad (artículo 10.2.a) del RD 1112/2018) como por ejemplo:

  • Informar sobre cualquier posible incumplimiento por parte de este sitio web.
  • Transmitir otras dificultades de acceso al contenido.
  • Formular cualquier otra consulta o sugerencia de mejora relativa a la accesibilidad del sitio web.

A través de la dirección de correo electrónico o llamando al teléfono 96 665 8956.

Las comunicaciones serán recibidas y tratadas por el Servicio de Innovación y Planificación Tecnológica, como Unidad Responsable de Accesibilidad de la Universidad Miguel Hernández de Elche.

Procedimiento de aplicación

El procedimiento de reclamación recogido en el artículo 13 del RD 1112/2018 entró en vigor el 20 de septiembre de 2020.

Las solicitudes de información accesible y quejas serán presentadas y registradas conforme a los requisitos establecidos en la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas. Dicho trámite podrá realizarse mediante instancia general presentada a través de la Sede electrónica de la UMH (abre en nueva ventana) o de forma presencial en el Registro General de la Universidad y en los registros auxiliares de éste ubicados en los centros de gestión de campus.

Procedimiento de reclamación. Si una vez realizada una solicitud de información accesible o queja, ésta hubiera sido desestimada, no se estuviera de acuerdo con la decisión adoptada, o la respuesta no cumpliera los requisitos contemplados en el artículo 12.5 del RD 1112/2018, la persona interesada podrá iniciar una reclamación para conocer y oponerse a los motivos de la desestimación, instar la adopción de las medidas oportunas en el caso de no estar de acuerdo con la decisión adoptada, o exponer las razones por las que se considera que la respuesta no cumple con los requisitos exigidos.

Igualmente se podrá iniciar una reclamación en el caso de que haya transcurrido el plazo de veinte días hábiles sin haber obtenido respuesta, que deberá ser presentada y registrada conforme a los requisitos establecidos en la Ley 39/2015, de 1 de octubre.

Contenido opcional

Este sitio web aplica los requisitos de la Norma UNE-EN 301549:2019 (PDF, 2,21 MB) considerando las excepciones del RD 1112/2018.

La última revisión de la accesibilidad se ha realizado en 14 de Julio de 2022.